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¿Cuál es el tope máximo de PTU derivado de la nueva reforma laboral?

By mayo 20, 2021junio 20th, 2023Asesoría fiscal

Como bien sabemos el reparto de utilidades es un derecho constitucional, a través del cual, los trabajadores reciben una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad o servicios que ofrece en el mercado. Recientemente, se aprobó una reforma a la Ley del Trabajo que afecta los montos del reparto de utilidades.

Después de un largo periodo de discusión se reformó la legislación laboral en diferentes puntos, entre estos, el método para el reparto de utilidades.

Esta reforma modificó el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, agregando la fracción VIII para quedar de la siguiente manera:

“El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, se aplicará el monto que resulte más favorable.

Entonces, ¿Cómo queda el reparto de utilidades?

Ahora habrá dos métodos nuevos para el cálculo del reparto de utilidades: 

Un límite de tres meses de salario.

El promedio de la participación recibida en los tres últimos años.

                     

 

Es decir, ahora el patrón cuenta con un tope máximo para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), siendo esta modificación una novedad que beneficia en gran medida a las empresas. 

Adicionalmente, se llegó a un acuerdo para evitar posibles distorsiones en empresas de uso intensivo de capital, y con estos nuevos dos métodos para el cálculo del reparto, se elimina la discrecionalidad y se lograría un incremento del 156% en el monto del reparto de utilidades a los trabajadores

Gracias a estas reformas, nuestro país avanza a paso firme en materia de derechos laborales, aunque los trabajadores no son los únicos beneficiados a partir de esta iniciativa, también se beneficia al sector privado y empresarial, dando mayor certidumbre y estabilidad a las empresas

En el Corporativo AUG nos mantenemos actualizados en esta y otras reformas a la ley, si requieres mayor información contáctanos, con gusto  podemos ayudarte.

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